CALENDARIO LABORAL 2016

Categoría de nivel principal o raíz: Ayuntamiento
Categoría: Calendario Laboral
Publicado: Jueves, 18 Agosto 2016 19:36
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Se aprueba y publica en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la siguiente relación de fiestas laborales para el año 2016, cuyos días, no coincidentes con domingo, serán inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables:

a) El Consejo de Gobierno, el día 20 de febrero de 2015, declaró Fiestas Regionales para el año 2016:

1.º El día 19 de marzo, en ejercicio de la opción establecida en el artículo 45.3) del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.

2.º El día 9 de junio, en conmemoración de la promulgación del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia (en sustitución del día 2 de mayo, lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo), en ejercicio de la opción establecida en el artículo 45.3) del Real Decreto 2.001/1983, de 28 de julio.

Por tanto, durante el año 2016, serán festivos en todo el ámbito del territorio de la Región de Murcia los días que se indican a continuación:

01 de Enero, Año Nuevo.

06 de Enero, Epifanía del Señor.

19 de Marzo, San José.

24 de Marzo, Jueves Santo.

25 de Marzo, Viernes Santo.

09 de Junio, Día de la Región de Murcia.

15 de Agosto, Asunción de la Virgen.

12 de Octubre, Fiesta Nacional de España.

01 de Noviembre, Todos los Santos.

06 de Diciembre, Día de la Constitución Española.

08 de Diciembre, Inmaculada Concepción.

26 de diciembre, lunes siguiente a la Natividad del Señor.

b) Cada uno de los Ayuntamientos de la Región de Murcia ha aprobado sus dos fiestas de ámbito Local para el año 2016. Por tanto, serán festivos dentro de los límites del término municipal correspondiente los días que se indican a continuación:

OJÓS:

26 Agosto, Fiesta local

29 Agosto, Fiesta local